El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia paga pensiones a distintos familiares de los trabajadores fallecidos que estuvieran cotizando al momento de su muerte, según la composición de la familia.
Esta cobertura no discrimina entre hombres y mujeres, por lo que viudas y viudos tienen iguales derechos. Asimismo, protege a madres y padres de hijos comunes, si es que vivían a expensas de la persona fallecida. En el caso de las hijas e hijos, tienen derecho a pensión hasta los 18 años, o hasta los 24 años si están estudiando.
Si el trabajador fallecido no tenía cónyuge o hijos, pueden cobrar pensión también sus padres, si es que vivían a expensas de su sueldo. Solo en ausencia de todas las personas anteriores, los fondos previsionales constituyen herencia.